Descuento por familia numerosa:
Según la orden ministerial fom/3837/2006 por la que se establece la bonificación de las tarifas aéreas nacionales a los miembros de familias tanto españolas, U.E./E.E.E, como resto de nacionalidades con residencia reconocida en España y estando en posesión del título de familia numerosa o documento individual equivalente, en vigor, expedidos por la comunidad autónoma competente.
La bonificación es aplicable, previa petición expresa del beneficiario, en los billetes que se emitan en España para vuelos regulares y en todas las rutas dentro del territorio español. Afecta a todas las tarifas públicas cuyo valor facial aparezca en el billete, con la única excepción de las tarifas de clase business (avant class), en las que el descuento está limitado al montante de la bonificación aplicable a la tarifa en clase turista completa.
Los billetes con derecho a subvención por familia numerosa solo podrán contener trayectos nacionales. Los miembros de familias numerosas que tengan reconocida oficialmente tal condición, podrán beneficiarse de las siguientes reducciones:
- Familia numerosa GENERAL: Se aplica un 5% de descuento.
- Familia numerosa ESPECIAL: Se aplica un 10% de descuento.